Opinión
Hasta el momento, no se detecta un gran número de resoluciones de tribunales contractuales o judiciales aplicando el precepto correspondiente, si bien ello no debe ser óbice para no rendir un pequeño tributo a una modificación muy esperada.
Un elemento adicional que también contribuye a conformar el mercado de medicamentos es la implicación directa de derechos fundamentales básicos.
Generalmente, esto se presenta por la tentación que se genera en los funcionarios públicos de sacar provecho de su autoridad y de alcanzar ambiciones personales a través del ejercicio de su función pública, sobre todo en los países con mucha debilidad institucional o aquellos en los cuales los conflictos de interés no están bien regulados.
El artículo 146.3 de la LCSP permite a los órganos de contratación establecer umbrales en la fase de valoración “técnica” que determinan la exclusión de los licitadores que no los superen. Ese umbral debe fijarse como mínimo en un 50 por ciento de la puntuación en el conjunto de los criterios cualitativos.
La normativa europea, que se encuentra aún pendiente de publicación en el DOUE, impone una serie de obligaciones que marcarán la estrategia anticorrupción en la contratación pública en los próximos años.
La regulación vigente establece que “se deberá reestablecer el equilibrio económico…” “cuando actuaciones de la Administración Pública concedente, por su carácter obligatorio para el concesionario determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato”.
Los gobiernos producen cada vez más datos, generados por máquinas o procesos, sobre temas como planificación de ciudades, turismo y crecientemente más datos en tiempo real en el campo del transporte, la movilidad, etc.
La Disposición Adicional 15ª de la Ley 9/2017, que lleva por título “medios de comunicación utilizables en los procedimientos regulados en esta Ley”, hace referencia a las comunicaciones, como figura distinta a las notificaciones, y permite, en el caso de las comunicaciones una mayor flexibilidad en cuanto a los medios que se pueden utilizar para su práctica.
Nuestros colaboradores
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Subdirector de Gestión de Contratación y Compras de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) -
Profesora Contratada Doctor de Derecho Administrativo, Universidad Autónoma de Madrid -
Jefa del Servicio de Contratación y Patrimonio de la Diputación Provincial de Teruel. -
Responsable del Área de Regulación, Mercados y Competencia de la Autoritat Catalana de la Competencia desde el año 2003, Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. -
Letrado de la Administración de la Comunidad de Castilla y León -
Letrado de la Xunta de Galicia. Profesor asociado de Derecho Administrativo (Universidade de Vigo) -
Grupo Gestión de la Función Administrativa. Contratación de bienes y servicios Hospital Vital Álvarez Buylla. Servicio de Salud del Principado de Asturias


