29/02/2016
La legitimación de este tipo de entidades para interponer el recurso especial aparece contemplada en el artículo 24.1 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización.
22/02/2016
A diferencia de la renuncia, en el desistimiento no se produce una desaparición sobrevenida de la necesidad de contratar, sino tan sólo la necesidad de reiniciar el procedimiento.
22/02/2016
El concepto de ‘interés público’ constituye, como es sabido, el prototipo de concepto jurídico indeterminado caracterizado, como su propio nombre indica, por la indeterminación previa de los supuestos precisos constitutivos de su existencia.
22/02/2016
Numerosos pronunciamientos de los órganos encargados de la resolución del recurso especial vienen reconociendo el derecho de acceso a la documentación que conforma la oferta técnica con los límites de la confidencialidad.
12/02/2016
Finalidad del informe del órgano de contratación respecto del recurso especial.
12/02/2016
Acuerdo 7/2016 del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.
12/02/2016
Resolución 4/2016 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
12/02/2016
Resolución 6/2016 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
12/02/2016
Resolución 26/2016 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
12/02/2016
El órgano de contratación debe velar por que no se supere el 60% establecido en el artículo 227 del TRLCSP.
Coordinación:
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Directora General de Contratación, Patrimonio y Organización del Gobierno de Aragón.


