Opinión
Resolución 8/2022 del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público apuesta por la generalización del uso de medios electrónicos en la contratación del sector público, sin distinguir en función de la naturaleza de las personas que contraten con el sector público, de forma que únicamente se admiten como excepciones a la relación electrónica, las que expresamente se establecen a lo largo de su articulado, y especialmente en su D. A. 15ª.
Este proyecto de Ley incluye una regulación para tratar de impulsar la compra pública de innovación entre las empresas emergentes y una referencia genérica a los criterios sociales y medioambientales en la contratación pública. Sin embargo, para lograr el efecto deseado, la regulación debería ser más precisa e incluir una modificación de la LCSP.
Nuestros colaboradores
-
Socio de las áreas de Litigación y Arbitraje y de Derecho Administrativo -
Profesora de Finanzas en la Universidad de Granada -
Investigador Postdoctoral Grupo de Contratación Pública Verde Universidad de Alcalá de Henares.
-
Catedrático de proyectos de Ingeniería - Universidad de Granada.
-
Letrado Mayor del Consejo de Estado -
Auditor del Consejo de Cuentas de Galicia. -
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Universidad Rey Juan Carlos.


