Opinión
La colaboradora Patricia Iglesias expone cuatro medidas que considera prioritarias para lograr una mejora substancial en el ámbito de la contratación pública.
Comentario a la Resolución nº 16/2016, de 3 de febrero, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
La parte dispositiva del Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión es la de modificar la Directiva 24/2014/UE (y las demás), la cual no entrará en vigor (en términos jurisprudenciales) hasta el 18 de abril.
La reciente STJUE 28 de enero de 2016, CASTA y otros, Asunto C-50/14, abre nuevas perspectivas a esta colaboración de entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de prestaciones a personas en los sectores sanitarios y sociales.
Obdulio Tabera Pérez, supervisor de Grant Thornton, analiza las consecuencias derivadas de la sentencia C-601/13, de 26 de marzo de 2015, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La presente opinión tiene por objeto reflexionar sobre las principales líneas de la doctrina mantenida por los Tribunales administrativos de recursos contractuales.
El art 157 del Anteproyecto de ley de Contratos del Sector Público (A-LCSP), que había de transponer la directiva 24/2014, regula el procedimiento abierto simplificado (POS).
La Sentencia C-203/14 supone el pleno reconocimiento a los órganos y tribunales resolutorios de los recursos especiales de contratación pública como órganos jurisdiccionales.
Nuestros colaboradores
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Legal Procurement Consultant en CORVERS Commercial & Legal Affairs -
Profesor asociado de Derecho en la URJC -
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Director Técnico de la Unidad de Contratación y Secretario de la Mesa de Contratación. Universidad de Castilla-La Mancha. -
Catedrático de Derecho Administrativo -
Asesora de licitación publica (líder) en el Ayuntamiento de Zoetermeer en Holanda. -
Miembro de la Unidad de Contratación de VEIASA


