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Obcp - Opinión

Opinión

26/09/2016
Manuel Peláez Muras
Abogado e Interventor. Profesor colaborador en Universitat Oberta de Catalunya.

La cesión de créditos es un negocio jurídico bilateral en virtud del cual el acreedor-cedente transfiere por actos inter vivos la titularidad de su crédito (el derecho de cobro, del precio de un contrato administrativo en lo que ahora nos importa) a un tercero, el nuevo acreedor o cesionario, con lo que se produce la circulación del crédito (STS, Sala 1ª, de 17 de diciembre de 1994, recurso 3470/1992).

19/09/2016

La llamada contratación socialmente responsable es un concepto en alza impulsado por la Directiva 2014/24/UE bajo el amparo de la “Estrategia Europa 2020”. Como todo concepto nuevo suscita pasiones y recelos. Con el presente artículo quiero poner el acento en el aspecto económico de estas cláusulas sociales o, más bien, en el coste que ya se ha venido pagando y en el beneficio dejado de obtener por no incluirlas. Coste que afecta tanto al sector público como al sector privado y a la sociedad en su conjunto.

12/09/2016
Carlos Melón Pardo
Abogado. Área de práctica de Derecho Administrativo y Sectores Regulados.

En estas breves líneas tratamos de responder a la cuestión planteada, que resulta en cierto modo controvertida, a la vista del silencio de la Ley a este respecto y de la opinión contradictoria de algunos tribunales administrativos en materia de recursos contractuales.

05/09/2016

El Consejo de la Unión Europea exige a España que garantice una mayor transparencia en la contratación pública dentro de las medidas para la reducción del déficit público.

25/07/2016

Al realizar una revisión teórica sobre investigaciones referidas al diseño de un prototipo de Sistema de Contrataciones Públicas electrónicas que abarque las modalidades de selección de contratistas establecidas en las Leyes de Contrataciones Públicas locales, se tiene que han sido pocos los trabajos en donde se desarrolle la idea de la automatización de las contrataciones públicas.

18/07/2016
Mar Martínez Pacheco
Letrada de la Abogacía General de la Junta de Extremadura y miembro de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Extremadura.

Esta instrucción sigue la línea iniciada por otros gobiernos autonómicos, provinciales y locales que han aprobado numerosas instrucciones, en un intento de implementar el uso de principios de actuación sostenibles social, ambiental y económicos y es deudora de sus contenidos y experiencias.

11/07/2016

El autor hace especial hincapié en el tema del cambio en la contratación electrónica, como algo significativo que hay que abordar, especialmente por las Administraciones Públicas.

04/07/2016

Se trata del principio de la libre concurrencia o igualdad de trato, uno de los principios generales de la contratación que ha obtenido un continuo reconocimiento normativo, tanto en clave comunitaria como nacional, así como por las distintas instancias jurisprudenciales, junto a la de los actuales tribunales administrativos de recursos contractuales.

Nuestros colaboradores

  • Gema Mollá Quinto
    Abogada del Servicio Jurídico de Servicios Sociales. Ayuntamiento de Santa Pola.
  • Ana María Ríos Aragón
    Técnico de Control Financiero en la Intervención General de la Junta de Andalucía. Control Financiero de Subvenciones del Fondo Europeo Agrícola.
  • María Pilar Batet Jiménez
    Jefa del Servicio de Contratación y Central de Compras en la Excma. Diputación Provincial de Castellón, desde 2003
  • Valentí Arroyo Peña
    Director de los Servicios Corporativos del Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació de la Generalitat de Catalunya (CTTI) y jefe de Contratación en la actualidad.
  • Esteve Grima Moral
    Director de Régimen Jurídico y Contratación en Cementiris de Barcelona, S.A.U.
  • Presidente & fundador de la ASMEDIS AC (Asociación Mexicana para Distribución Institucional de la Salud)
  • Maria Antonia Narváez Jusdado
    Administrativo del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix (Madrid)