Opinión
El objetivo de la Compra Pública Pre-Comercial (CPP) es la contratación de servicios de I+D. Si bien la CPP está sujeta tanto a los principios del TFUE como a los principios de la contratación pública, se encuentra fuera del ámbito de aplicación de las Directivas Europeas de Contratación Pública y del Acuerdo de Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, lo cual permite una mayor flexibilidad para activar una política de apoyo a la industria europea. Este artículo revisa el alcance de los servicios de I+D y algunas condiciones sobre su contratación.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sienta doctrina interpretando el artículo 19.1.a) de la LJCA. Así, sobre la base del principio pro actione, el Alto Tribunal reconoce la legitimación individual de cada uno de los miembros de una Unión Temporal de Empresas (UTE) para recurrir el acuerdo de adjudicación de un contrato.
Entendiendo contratación en el extranjero como aquellos procedimientos de licitación y adjudicación que se formalizan y ejecutan en el extranjero, y debiendo utilizarse si las particularidades de la ejecución en el extranjero, por su coste, destino, instalación y necesidades de conocimiento de los accesos de los países destinatarios del mismo, hacen más aconsejable la formalización en terceros estados.
Nuestros colaboradores
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Investigador independiente. Abogado experto en contratación pública, Derecho administrativo y regulación de la competencia económica. -
Abogado -
Coordinadora académica del Máster Universitario en Derecho de la Ordenación del Territorio y del Urbanismo de la Universidad Internacional de La Rioja. Profesora e investigadora del área de Derecho Público en la misma institución. -
Profesor Asociado de Derecho Administrativo en la Pontificia Universidad Católica de São Paulo. Coordinador del Programa de Estudios de Posgrado en Derecho en la Pontificia Universidad Católica de São Paulo. -
Abogada en Contratación Pública -
Técnico Superior en la Unidad de Contratación y Patrimonio de la Universidad de Castilla-La Mancha -
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza


