Opinión
Con la promulgación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, hacemos un repaso de la normativa legal sobre la materia, que se inicia con la Ley de Bases de 1963.
El presente artículo resume un trabajo realizado con el objetivo de definir un modelo que se configure como una opción de expresión estándar para la valoración del criterio precio en una licitación pública.
El propósito de esta nota consiste en aportar algunos elementos de valoración crítica del enfoque adoptado por la Ley 9/2017 en la materia de encargos a medios propios e instrumentales.
A propósito del debate sobre la desaparición de las instrucciones de contratación y de los procedimientos de adjudicación aplicables.
Algunas consideraciones a la luz de la nueva Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre.
Con la promulgación de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, hacemos un repaso de la normativa legal sobre la materia, que se inicia con la Ley de Bases de 1963.
La LCSP mantiene un régimen específico sobre la subsanación de errores, y las indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
La prestación de servicios públicos es una nota esencial en un Estado social que pretende preservar un modelo de equidad y garantizar prestaciones a toda la ciudadanía en régimen de regularidad y continuidad.
Nuestros colaboradores
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Presidente de Estudio Jurídico Internacional. Miembro del Comité Consultivo para la apertura de la Contratación Pública de la Comisión Europea.
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Subdirector de Fiscalización de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias
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Doctora en Derecho y abogada especializada en Derecho Administrativo y Urbanismo. -
Administrador de la comunidad de prácticas de la contratación pública.
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Asociado del Departamento de Derecho Administrativo de J&A Garrigues S.L.P.
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Jefe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de la Presidencia. Gabinete Jurídico. Junta de Andalucía. -
Jefe de Subunidad Jurídica en la Asesoría Jurídica General del Ministerio de Defensa


