Opinión
La contratación pública se ha convertido en uno de los grandes focos de atención de los gestores públicos, de la ciudadanía y de las instituciones de control de la legalidad y de eficiencia.
El desarrollo de las centrales de contratación se está produciendo de forma gradual y flexible, pero también asistemática, predominando las centrales que se conciben como herramientas de racionalización de la gestión contractual de cada organización.
La complejidad que caracteriza a dicha regulación –debida, fundamentalmente, a su extensión y dispersión– puede considerarse un factor de naturaleza normativa, transversal a la mayoría de los riesgos para la integridad en la contratación pública, al dificultar una correcta (o permitir una incorrecta) aplicación de la norma 1.
Hasta el momento, no se detecta un gran número de resoluciones de tribunales contractuales o judiciales aplicando el precepto correspondiente, si bien ello no debe ser óbice para no rendir un pequeño tributo a una modificación muy esperada.
Un elemento adicional que también contribuye a conformar el mercado de medicamentos es la implicación directa de derechos fundamentales básicos.
Generalmente, esto se presenta por la tentación que se genera en los funcionarios públicos de sacar provecho de su autoridad y de alcanzar ambiciones personales a través del ejercicio de su función pública, sobre todo en los países con mucha debilidad institucional o aquellos en los cuales los conflictos de interés no están bien regulados.
El artículo 146.3 de la LCSP permite a los órganos de contratación establecer umbrales en la fase de valoración “técnica” que determinan la exclusión de los licitadores que no los superen. Ese umbral debe fijarse como mínimo en un 50 por ciento de la puntuación en el conjunto de los criterios cualitativos.
La normativa europea, que se encuentra aún pendiente de publicación en el DOUE, impone una serie de obligaciones que marcarán la estrategia anticorrupción en la contratación pública en los próximos años.
Nuestros colaboradores
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Responsable de Racionalización y Planificación de la Compra Pública en Universidad de Almería. Experto en Contratación Electrónica, Sistemas Dinámicos de Adquisición (SDA) y Catálogos Electrónicos. -
Técnico Superior de Sistema de la Información.
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Consultor en sostenibilidad en BIZIERA Servicios Medioambientales.
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Jefe de Servicio Jurídico de la Universidad Miguel Hernández de Elche -
Professora Associada da Facultad de Derecho (Porto) de la Universidad Católica Portuguesa. Investigadora del “Centro de Estudos e Investigação em Direito”; membro da Redicop. -
Técnico Superior en la Unidad de Contratación y Patrimonio de la Universidad de Castilla-La Mancha -
Cap d’Àrea de Serveis Jurídics a la Contractació a Barcelona de Serveis Municipals, SA Jefe de Área de Servicios Jurídicos a la Contratación en Barcelona de Serveis Municipals, SA


