Opinión
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sienta doctrina interpretando el artículo 19.1.a) de la LJCA. Así, sobre la base del principio pro actione, el Alto Tribunal reconoce la legitimación individual de cada uno de los miembros de una Unión Temporal de Empresas (UTE) para recurrir el acuerdo de adjudicación de un contrato.
Entendiendo contratación en el extranjero como aquellos procedimientos de licitación y adjudicación que se formalizan y ejecutan en el extranjero, y debiendo utilizarse si las particularidades de la ejecución en el extranjero, por su coste, destino, instalación y necesidades de conocimiento de los accesos de los países destinatarios del mismo, hacen más aconsejable la formalización en terceros estados.
Nuestros colaboradores
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Analista en el Negociado de Recursos de la Sección de Contratación de la Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra. -
Abogado. socio- responsable del área de Derecho Público y nuevas tecnologías de Lacasa abogados, Palacios & Partners. -
Enlace Legal en la Unidad Coordinadora del Programa de Agua y Alcantarillado Periurbano del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Bolivia. -
Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad Autónoma de Madrid -
Oficial Mayor de la Diputación Provincial de Zaragoza.
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Counsel. Responsable del Área de Derecho Administrativo en Canarias. Abogado del Estado en excedencia. -
Teniente de Guardia Civil. Policía judicial especializado en delitos contra la Administración Pública.


