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Obcp - Opinión

Opinión

15/05/2023

Las administraciones públicas pueden recurrir a los encargos in house hacia entes personificados participados por un elevado número de ellas siempre que se cumplan los requisitos del artículo 12.3 de la Directiva 24/2014. Dicho precepto impone el control del medio propio conjunto disponiendo el alcance del mismo. Hay que superar la visión capitalista del control análogo conjunto y evolucionar a la visión funcional y operativa del mismo cristalizada en la Directiva después de una larga evolución jurisprudencial.

 

Puede accederse a la opinión íntegra aquí.

02/05/2023
25/04/2023
Ricardo Talavera Naranjo
Consejero Técnico de Contratación (nivel 28), en la Subdirección General de Gestión Económico-Presupuestaria y Estudios Económicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social

Nuestros colaboradores

  • Elisa Sobrino Crespo
    Directora del Área legal de e-administración en Guadaltel,S.A.
  • Jefe de la Sección Jurídica Abogado- Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sede Santo Domingo. Docente universitario Contrato de Profesor no titular clasificación Servicios Profesionales
  • Pilar Viada Rubio
    Auditora interna en el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación.
  • Carles de Mena Tomé
    Consultor/Asesor en Sector Público - especialidad Contratación Pública en DXC Technology
  • Abogada senior en Derecho Público y Licitaciones, experta en asesoría legal gubernamental, compliance regulatorio y contratos administrativos. Experiencia en la gestión de procesos licitatorios, análisis jurídico y representación ante organismos públicos
  • Letrada del área de asesoría jurídica y contratación pública en Sistema d’Emergències Mèdiques, SA.
  • Técnico Superior en la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno de la Junta de Castilla y León.