Opinión
Condiciones de actitud; capacidad de obrar ,solvencia económica y financiera y técnica o profesional – integración de solvencia y prohibiciones para contratar- especial referencia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social ( articulo 71.1. B LCSP). Especial referencia a la doctrina de la junta consultiva, tribunales administrativos y jurisprudencia.
Jurisdicción de sometimiento y traducción de documentación a presentar por licitadores.
Resuelto el contrato de suministro por incumplimiento de la empresa contratista, puede incautarse la garantía sin esperar a que se determine el importe de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración en un proceso contradictorio. Esta incautación constituye una medida amparada legalmente que garantiza el pago de los daños y perjuicios causados por la resolución del contrato, no siendo necesaria la valoración previa de los daños para acordar aquélla.
Nuestros colaboradores
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Cofundador y Director General del Instituto Farmacéutico, A. C. (INEFAM), desde 2006. -
Catedrático de Derecho Administrativo -
Jefa del Servicio de Coordinación de la Contratación - Gobierno de La Rioja
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Abogado y Doctor en Derecho. Académico Co. Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. -
Actual Asesor Legal del Consorcio que construye la frontera Domínico-Haitiana
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Socio Director de Contratación Pública de F&J Martín Abogados y de Ideo Legal. -
Jefe de Servicio de Fondos Europeos en Gobierno de La Rioja


