Opinión
Condiciones de actitud; capacidad de obrar ,solvencia económica y financiera y técnica o profesional – integración de solvencia y prohibiciones para contratar- especial referencia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social ( articulo 71.1. B LCSP). Especial referencia a la doctrina de la junta consultiva, tribunales administrativos y jurisprudencia.
Jurisdicción de sometimiento y traducción de documentación a presentar por licitadores.
Resuelto el contrato de suministro por incumplimiento de la empresa contratista, puede incautarse la garantía sin esperar a que se determine el importe de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración en un proceso contradictorio. Esta incautación constituye una medida amparada legalmente que garantiza el pago de los daños y perjuicios causados por la resolución del contrato, no siendo necesaria la valoración previa de los daños para acordar aquélla.
Nuestros colaboradores
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Presidente de Garúa Consultores C.A. -
Profesor Titular de Derecho Administrativo en la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona; Director de la Catedra “Màrius Viadel i Martin” de Estudios Jurídicos Locales de la URV. -
Técnico de Gestión y responsable de contratación en Ayuntamiento de Gelsa -
Abogado -
Letrado Senior en Aguas de las Cuencas Mediterráneas S.M.E., S.A. (ACUAMED) -
Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad Autónoma de Madrid -
Directora Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Gijón , ostentando la dirección de la misma, la cual le corresponde el asesoramiento juridico municipal y defensa jurisdiccional del Ayuntamiento y sus entidades dependientes.


