Opinión
Nos detenemos hoy en el análisis de las previsiones introducidas por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, respecto de contratos financiados con cargo a fondos del mismo y que sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación.
Breve repaso de la práctica administrativa y judicial más reciente sobre la aplicación del art. 145.2.2º de la LCSP.
El Factor Humano, la clave.
Hace unos meses realicé un pequeño estudio para conocer cuál es el nivel real de implantación de la contratación electrónica en las pequeñas y medianas entidades locales (PYMEL), cuyos resultados reflejé y analicé en esta entrada de mi blog.
El artículo comenta el enriquecimiento de este segundo informe anual de la OIResCon con nuevos indicadores de evaluación del sistema de contratación pública, analiza su incardinación en sistemas de evaluación internacionales y nacionales y propone fórmulas para su utilización por todas las administraciones territoriales.
Nuestros colaboradores
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Directora General de Contratación Pública de la Generalitat de Cataluña. -
Abogado especializado en derecho administrativo y contencioso-administrativo. -
Abogado, Socio del bufete Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. Especialista y responsable del área de Derecho Público de la oficina de Valencia -
Abogada Senior en la Asesoría Jurídica de GRUPO EULEN, especializada en Derecho Administrativo y Contratación Pública -
Director del Departamento de Adquisiciones del Ministerio Público de la República de Nicaragua -
Catedrático de Derecho Administrativo, Universitat Oberta de Catalunya -
Directora General de Foro CPPTIC


