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Opinión

06/09/2021
Javier Miranzo Díaz
Profesor Contratado doctor de Derecho Administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha.

La contratación de herramientas de software y digitales es cada vez más una necesidad en la Administración Pública española. La primera cuestión fundamental es, por tanto, la de la calificación del contrato como suministro o como servicio, pero también son fundamentales otras cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual o la continuidad del servicio. Actualmente existe una litigiosidad importante en torno a ellos, y los tribunales y órganos consultivos hayan adoptado un papel principal en el desarrollo de criterios y principios que doten este tipo de contrataciones digitales de seguridad jurídica.

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Después de 28 largos años bajo la antigua ley general, Brasil gana una nueva legislación sobre contratación pública.

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