Opinión
Condiciones de actitud; capacidad de obrar ,solvencia económica y financiera y técnica o profesional – integración de solvencia y prohibiciones para contratar- especial referencia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social ( articulo 71.1. B LCSP). Especial referencia a la doctrina de la junta consultiva, tribunales administrativos y jurisprudencia.
Jurisdicción de sometimiento y traducción de documentación a presentar por licitadores.
Resuelto el contrato de suministro por incumplimiento de la empresa contratista, puede incautarse la garantía sin esperar a que se determine el importe de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración en un proceso contradictorio. Esta incautación constituye una medida amparada legalmente que garantiza el pago de los daños y perjuicios causados por la resolución del contrato, no siendo necesaria la valoración previa de los daños para acordar aquélla.
Nuestros colaboradores
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Gerente de la Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos a las Administraciones Públicas (AEESDAP) y Consultor independiente en materia de contratación pública y subvenciones. -
Secretaria Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya -
Abogado en los Servicios Jurídicos del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Barcelona y Projectes i Gestió de Serveis Socials SL. -
Jefa de departamento de Compras y Contratación -
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza -
Abogado colaborador sénior del Departamento de Derecho Público del despacho Roca Junyent -
Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Cádiz


