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Interpretación del artículo 29.3 del real Decreto 814/2015 relativo a la concesión por los órganos de recurso especial de acceso al expediente a efectos de completar el recurso
05/06/2017
Resolución 67/2017 Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.

El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público analiza en la Resolución 67/2017, el alcance del artículo 29.3 del RD 814/2015 que regula la puesta de manifiesto del expediente, entendiendo que prevé un supuesto muy tasado y que se ha de interpretar en sus propios términos y específicamente en los procedimientos de recurso especial en materia de contratación.

Para el tribunal, no en todos los casos se puede conceder a las empresas recurrentes la posibilidad de dar acceso del expediente en sus dependencias, sino que dependerá de la concurrencia de las circunstancias siguientes:

  • a) Que las empresas recurrentes hayan solicitado efectivamente el acceso al órgano de contratación correspondiente, identificando los documentos concretos.
  • b) Que el órgano de contratación en cuestión haya denegado esta vista, supuesto que no concurre en este asunto ya que se dio vista el 7 de diciembre de 2016. Otra cosa es que el acceso haya sido parcial o incompleto, cuestión que precisamente ha sido objeto de esta Resolución.
  • c) Será el Tribunal quien, a la vista de aquello alegado en el escrito de interposición y del informe del órgano de contratación estime que realmente, previa la ponderación de los intereses y derechos de ambas partes, se haya de otorgar el derecho de acceso del expediente en las oficinas del Tribunal y siempre teniendo en cuenta la salvaguarda de las declaraciones de confidencialidad de las empresas y de las fijaciones de confidencialidad efectuadas por los órganos de contratación. Es decir, en otras palabras, este Tribunal podrá dar acceso en estas circunstancias de la misma documentación que hubiera tenido que dar el órgano de contratación y que no lo hizo y todo con la finalidad de que las empresas recurrentes puedan presentar y preparar un recurso fundamentado.