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Resolución del Parlamento Europeo sobre la modernización de la contratación pública
02/11/2011
Un mercado de contratación pública de la UE que funcione correctamente es un motor clave de crecimiento y una piedra angular del mercado único y, además, fundamental para estimular la competencia y la innovación

El Parlamento Europeo, en su Resolución de 25 de octubre de 2011, sobre la modernización de la contratación pública (2011/2048(INI))

Primera misión: mejora de la claridad jurídica

Recalca la responsabilidad de la Comisión a la hora de controlar la correcta transposición de las directivas de la UE en los Estados miembros;

Segunda misión: desarrollar todo el potencial – la mejor rentabilidad

Señala que, en respuesta a la mayor sensibilización con respecto al impacto medioambiental y climático de los productos, obras y servicios, las autoridades de contratación deben incluir los costes ambientales en su evaluación de la «oferta económicamente más ventajosa» y su cálculo de los costes durante el ciclo de vida;

Tercera misión: simplificar las normas y permitir procedimientos más flexibles

Aboga por que se evalúe permitir un uso más generalizado del procedimiento negociado y la publicación previa a nivel de la UE, más allá de lo previsto en las directivas vigentes, de modo que las autoridades contratantes y los operadores económicos puedan comunicarse mejor y la oferta y la demanda coordinarse más eficazmente; considera que, si se contempla una ampliación del alcance del procedimiento negociado, se deberían introducir salvaguardias adicionales contra los abusos, como por ejemplo la obligación de que las autoridades contratantes establezcan desde el principio al menos algunas condiciones mínimas en relación con la ejecución del procedimiento, conforme a la práctica válida en las contrataciones privadas, así como la exigencia de documentación escrita;

Pide a la Comisión que aclare el marco reglamentario relativo a la contratación pública, en particular con respecto a la fase de ejecución de los contratos (por ejemplo, en relación con las «modificaciones sustanciales» de un contrato durante su periodo de vigencia, los cambios relacionados con el contratista y la terminación de los contratos);

Lamenta que los licitadores cuenten únicamente con posibilidades limitadas de rectificar omisiones en sus ofertas; pide por ello a la Comisión que dé detalles sobre qué omisiones podrían rectificar los licitadores, qué ajustes adicionales están permitidos y cómo garantizar la transparencia y la igualdad de trato;

Cuarta misión: mejora del acceso para las PYME

Pide a la Comisión que aumente la sensibilización sobre la importancia de dividir los contratos en lotes, y que considere la aplicación del principio «cumplir o explicar», que implica que las normas relativas a cuestiones como la división en lotes deben respetarse o, en caso de que no se respeten, explicarse;

Quinta misión: asegurar unos procedimientos razonables y evitar ventajas desleales

Señala que la lucha contra la corrupción y el favoritismo es uno de los objetivos de las Directivas; subraya el hecho de que los Estados miembros afrontan diferentes retos en este aspecto y que con un enfoque europeo más elaborado se corre el riesgo de debilitar los esfuerzos para racionalizar y simplificar las normas y de crear más burocracia; señala que los principios de transparencia y competencia son claves para luchar contra la corrupción; solicita un enfoque común sobre las medidas de «autocorrección» a fin de evitar la distorsión del mercado y asegurar certidumbre jurídica tanto a los operadores económicos como a las autoridades contratantes;

Sexta misión: incrementar el uso de la contratación electrónica

Señala que toda propuesta legislativa destinada a aumentar y simplificar el uso de la contratación electrónica debe integrarse en la revisión de las Directivas principales relativas a la contratación electrónica y estar en consonancia con el alcance y las normas generales relativas a la contratación pública, como las obligaciones vinculadas a umbrales;

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