Forma parte del Informe Anual de Supervisión que debe redactar la Oficina de acuerdo con el artículo 332.9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La OIReScon ha publicado recientemente el primer módulo del Informe Anual de Supervisión. Este año se ha optado por una presentación en forma de módulos, sin perjuicio de la elaboración de un texto comprensivo de todos ellos al final del ejercicio en el que se incorporen las conclusiones y recomendaciones que se puedan deducir del trabajo global de supervisión desarrollado.
Si desean consultar el texto pueden acceder a él mediante el siguiente enlace: Módulo I. La actividad consultiva.
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