La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en 2015, emitió una serie de recomendaciones sobre la contratación pública. Dentro de estas, destacó la importancia de que los “adherentes dispongan de un personal dedicado a la contratación pública con capacidad de aportar, en todo momento, de manera eficaz y eficiente, la debida rentabilidad en este ámbito”.
Para ello, los profesionales de la contratación pública deben contar con un alto nivel de integridad, formación teórica y capacidad para su aplicación práctica. También deben disponer de herramientas específicas actualizadas periódicamente, incluyendo: i) Empleados suficientes en número y con capacidades adecuadas; ii) Reconocimiento de la contratación pública como una profesión en sí misma; iii) Formación periódica y certificaciones oportunas; iv) Normas de integridad aplicables a los profesionales del área; v) Unidades o equipos dedicados a analizar la información y realizar el seguimiento del desempeño del sistema de contratación.
En el caso particular de Honduras, en 2018, mediante el Acuerdo Ejecutivo Número 028-2018, se adicionaron los artículos 44-A, 44-B y 44-C al Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, creando la figura del “Comprador Público Certificado (CPC)”. Esta instancia de apoyo a la contratación pública tiene como responsable a la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (ONCAE), que certifica a los profesionales que cumplen con los requisitos establecidos.
En cuanto a las funciones del Comprador Público Certificado, el artículo 44-C del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, expresa que debe apoyar en los procesos de compras y certificar, con su firma y sello, documentos antes de su aprobación por la Máxima Autoridad, siendo estos a) Planes anuales de compras y contrataciones. b) Pliegos de condiciones, términos de referencia y sus enmiendas. c) Resoluciones y acuerdos de adjudicaciones de contratos. d) Solicitudes de aprobación para licitaciones privadas (Art. 60 de la Ley de Contratación). e) Solicitudes de aprobación para contrataciones directas (Art. 63 de la Ley de Contratación). f) Solicitudes de aprobación posterior de contratos (Art. 9 de la Ley de Contratación). g) Resoluciones de modificación de contratos que excedan el 10% del monto inicial (Art. 122 de la Ley de Contratación). h) Solicitudes de modificación de contratos que excedan el 25% del monto inicial, a ser aprobadas por el Congreso Nacional (Art. 123 de la Ley de Contratación). i) Cualquier otro documento determinado por la ONCAE, como las compras fuera del catálogo electrónico y las quejas por incumplimientos en dicho sistema.
Aunque el artículo 44-C especifica los documentos a certificar, la función del CPC busca que este guie, oriente, asista y apoye a las instituciones en sus procesos de contratación, consolidándose como una pieza clave en la mejora del sistema.
Sobre las experiencias internacionales en profesionalización, la Unión Europea ha desarrollado el instrumento “ProcurCompEU”, que define 30 competencias clave para la contratación pública y establece cuatro niveles de competencia: básico, intermedio, avanzado y experto. Este marco busca profesionalizar a los actores del sistema tanto dentro como fuera de la Unión Europea.
En América Latina, Chile ha implementado tres niveles de profesionalización (básico, medio y avanzado), con vigencia de uno y dos años. Por su parte, Perú, mediante su Ley General de Contrataciones Públicas, contempla la profesionalización como un eje fundamental. Costa Rica también incorpora esta estrategia en su Ley y Reglamento, otorgando certificaciones con vigencia de cinco años.
En Honduras, el certificado del Comprador Público tiene una vigencia de tres años, según el Acuerdo STLCC No. 015-SG-2023. Recientemente, la ONCAE ha otorgado nuevas acreditaciones a Compradores Públicos Certificados, quienes tienen la importante tarea de apoyar en la mejora de los procesos de contratación pública, asegurando mayor eficiencia, transparencia y cumplimiento de las normativas.
La profesionalización de la contratación pública en Honduras no solo representa un avance significativo en la gestión eficiente y transparente de los recursos públicos, sino que también plantea desafíos continuos para mantener la calidad y efectividad de los procesos. La figura del Comprador Público Certificado (CPC) es una herramienta clave que, junto con el desarrollo de competencias y estándares internacionales, posiciona al país en una senda de fortalecimiento institucional.
La profesionalización de la contratación pública en Honduras avanza de manera constante desde su creación, pero enfrenta retos importantes en la capacitación y actualización constante de los profesionales.
Esperando que la información sea de utilidad y que Dios les bendiga.


