DOGC de 2 de marzo de 2012
Requisitos de participación
Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario licenciado en derecho al servicio de la Generalidad de Cataluña que haya desarrollado la actividad profesional por un tiempo superior a quince años, preferentemente en el ámbito del derecho administrativo relacionado directamente con la contratación pública, con una competencia profesional acreditada en las materias propias del órgano, que cumpla los requisitos y condiciones que establece la normativa vigente.
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO
Características del puesto de trabajo
Nombre del puesto: director o directora del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña.
Nivel: 30.2.
Complemento específico: 38.916,72 euros.
Tareas básicas o actividades:
1. Dirige los trámites de los procedimientos administrativos del recurso especial, medidas provisionales, cuestiones de nulidad y reclamaciones en materia de contratación pública y ordena las actuaciones necesarias para llevar a cabo las notificaciones de las resoluciones y los actos de trámite.
2. Dirige la tramitación del recurso especial en materia de contratación pública, de las medidas provisionales, de las cuestiones de nulidad y del resto de reclamaciones de su competencia y dicta sus correspondientes resoluciones.
3. Requiere al órgano de contratación autor del acto impugnado la aportación de los expedientes administrativos de contratación y vela por su confidencialidad y por la protección de la información confidencial contenida en el expediente de contratación.
4. Toma los acuerdos que correspondan en relación con la suspensión del procedimiento de contratación objeto de impugnación.
5. Coordina y dirige al personal adscrito al Órgano Administrativo de Recursos
Contractuales.
6. Encarga a su personal los estudios, informes, trámites y gestiones que considere oportunos.
7. Redacta directrices y criterios de actuación dirigidos a su personal en relación con la tramitación de los recursos administrativos sobre contratación pública en los que tenga competencia.
8. Mantiene las relaciones de comunicación entre el Órgano Administrativo de
Recursos Contractuales de la Generalidad y los órganos de las administraciones públicas, así como las entidades y los licitadores que formen parte de los procedimientos de contratación objeto de los recursos de su competencia.
9. Supervisa los datos estadísticos en cuanto a los trámites, las resoluciones
10. Coordina la elaboración de la memoria anual de actividades de su trabajo y del contenido de sus resoluciones.
11. Propone orientaciones para la mejora de la contratación pública derivadas
de su trabajo y del contenido de sus resoluciones
12. Imparte formación continua en materia de contratación pública administrativa.
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