Fuente
BOE de 30 de junio de 2012
Resolución de 26 de junio de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera,
A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2012 es el 8,0 por 100.



