Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona.
La sentencia núm. 112/2021, de 30 de marzo, advierte que las órdenes del órgano de contratación en fase de ejecución "no puede representar una patente de corso que habilite al órgano contratante para manejar libremente los elementos esenciales del contrato, pues esa interpretación sería tanto como dejar al arbitrio de una de las partes la validez y el cumplimiento del contrato".
*Puede consultar la Sentencia en el documento adjunto


