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Generalitat Valenciana: despoblamiento y contratación pública
26/04/2023

La ley 5/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, publicada en DOGV del día 21 de abril, incluye el artículo 31 en el que se prevén medidas vinculadas a la contratación pública y subvenciones públicas para dinamizar políticas contra el despoblamiento. Reproducimos el apartado 2 del artículo 31:

“2. En la contratación pública, se podrán diseñar y aplicar criterios relacionados con la lucha contra el despoblamiento y para la cohesión territorial, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que prevé la incorporación de criterios sociales y medioambientales que guarden relación con el objeto del contrato, en los términos previstos en el artículo 145 de dicha ley.
En desarrollo de lo expresado en el apartado anterior, se procurará, mediante su inclusión en las prescripciones técnicas, los criterios de adjudicación o las condiciones de ejecución del contrato, que las obras, los productos y los servicios que se adquieran, así como los procesos o procedimientos que se utilicen en los mismos, cumplan requisitos deter- minados y características específicas de tipo social y medioambiental, que contribuyan a frenar el despoblamiento, preferentemente aquellos relacionados con la igualdad de género y el fomento de la contratación femenina, la inclusión, el comercio justo y de proximidad, la agricultura y la ganadería ecológicas y la gestión forestal sostenible, así como aque- llos que garanticen el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
Cualquier medida que tenga su particularidad en el desarrollo de estas acciones tendentes a la lucha contra el despoblamiento, habrá de contemplar los criterios de sostenibilidad social, ambiental, económica, financiera y de transparencia en la contratación, previstos en la Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la respon- sabilidad social.

3. Se facilitará el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas y de las empresas de economía social en municipios en riesgo de despoblamiento, o sus comarcas, que fomenten la creación de empleo local, la retención y la atracción de talento, la innovación, la responsabilidad social corporativa, la sostenibilidad y el desarrollo de base territorial.”

 

Puede accederse al documento íntegro aquí.

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