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El Ayuntamiento de Barcelona aprueba una instrucción de verificación del cumplimiento de los derechos humanos por empresas contratistas
12/06/2025

Se ha publicado en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Barcelona del día 11 de junio de 2025, una Instrucción de la Gerencia Municipal de 6 de junio de 2025 para el cumplimiento de los convenios internacionales suscritos por España en los contratos financiados por el Ajuntament de Barcelona.


El punto 4 establece (traducido del catalán):


4. Exigencia del compromiso por el respeto de los derechos humanos y otras obligaciones internacionales. 

 

  • a. En los procedimientos de adjudicación de contratos sometidos a esta Instrucción, los órganos responsables deben exigir obligatoriamente la suscripción del modelo de declaración responsable que deben firmar los licitadores en relación al cumplimiento del derecho internacional. Concretamente, en esta declaración, los licitadores deben afirmar que: "No realizan operaciones financieras en paraísos fiscales consideradas delictivas, -según la lista de países elaborada por las Instituciones Europeas o avalada por éstas o, en su defecto, por el Estado español-, o fuera de ellos y que sean consideradas delictivas, en los términos legalmente establecidos o contra la Hacienda Pública. 

Tiene relaciones legales con paraísos fiscales y presenta la siguiente documentación descriptiva de los movimientos financieros y toda la información relativa a estas actuaciones: 


No realizan operaciones que vulneren lo estipulado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la 183ª Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, así como humanos, la dignidad humana o a los principios generales que los rigen: Sistema Universal de Protección y Garantía de Derechos Humanos, Sistemas Regionales de Protección y Garantía de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 


No intervienen en operaciones con terceros operadores quienes vulneren lo estipulado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la 183ª Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, así como tampoco ninguna disposición de derecho internacional que vincule al Estado Español, relativa a los Derechos Humanos oa los principios humanos y de los principios: Derechos Humanos, Sistemas Regionales de Protección y Garantía de los 

Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario." 

 

  • b. En caso de que un licitador no presente esta declaración responsable debe ser excluido del procedimiento de adjudicación correspondiente. 
  • c. La Dirección de Servicios de Coordinación de Contratación Administrativa es la unidad responsable de establecer el modelo a incorporar en los procedimientos de adjudicación.”

El punto 5 dice así:


5. Empresas que vulneren el derecho internacional. 

 

  • a. La inclusión en el listado del informe de la Oficina del Alto Comisariado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos de 2024 supone la evidencia de la vulneración de derechos humanos. Por tanto, los órganos de contratación deben verificar de forma proactiva que las empresas licitadoras no figuran en ningún listado de estos organismos, ya que su presencia implica el falseamiento de una de las declaraciones responsables mencionadas y, por extensión, la vulneración del mandato y las obligaciones que tienen las entidades del sector público de velar por el cumplimiento del derecho internacional y convenios suscritos; de ahí que no puedan resultar ser admitidas a procedimientos de adjudicación ni en ningún caso resultar adjudicatarias. 
  • b. La Dirección de Servicios de Coordinación de Contratación Administrativa debe establecer esta indicación en los modelos de pliegos de cláusulas administrativas y velará por la actualización de la lista de empresas de acuerdo con los informes o resoluciones de los organismos internacionales.”

En anexo a la Instrucción el informe de la Oficina del Alto Comisariado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de 2024 que mantiene el listado de 97 empresas del informe que emitió en 2023 que, según el derecho internacional, están implicadas en actividades que vulneran los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental y operan ilegalmente en estos asentamientos, lo que implica una violación de derechos humanos y por tanto contravienen los tratados.


Puede accederse al texto de la Instrucción y anexos aquí.

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