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Castilla-La Mancha: Racionalización técnica en materia de contratación
15/11/2011
Decreto 294/2011, de 10/11/2011, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la JCCM y sus organismos autónomos

El DOCM de 14 de noviembre de 2011 publica el Decreto 294/2011, de 10/11/2011, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.

El Decreto aborda la contratación centralizada para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y sus organismos autónomos, en el marco de actuación establecido por el Título II del Libro III, cuyo artículo 178 dispone que para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos o centralizar las contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados.

Los suministros y servicios de uso general por los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y sus organismos autónomos, y de características esencialmente homogéneas, podrán ser contratados centralizadamente a través de la Consejería de Economía y Hacienda o de los servicios especializados, regulados en el presente Decreto.

A tal efecto, se contemplan diferentes técnicas o procedimientos. La primera técnica recogida en el presente Decreto es la celebración de acuerdos marco para adopción de los tipos contratables. En la primera fase del acuerdo, se homologarán o determinarán las características de los mismos, las empresas adjudicatarias y los precios unitarios máximos, conformando, en su caso, un catálogo de referencia. En una segunda fase, la adquisición por los diferentes órganos y organismos de la administración, de los suministros y servicios que precisen, se realizará tomando como referencia dicho catálogo, en los términos y condiciones establecidos en el acuerdo marco y en la propia Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

La adquisición bienes y servicios declarados de contratación centralizada no homologados, o cuya especificidad técnica lo aconseje, se podrá efectuar directamente por la Consejería de Economía y Hacienda u otro servicio especializado, mediante la adjudicación de un contrato o la celebración de un acuerdo marco con uno o varios empresarios.

Por último, el presente Decreto, determina los órganos competentes en materia de contratación centralizada y crea la Comisión Regional de Contratación.