La contratación pública electrónica objeto de atención permanente por parte de las instituciones comunitarias de la UE.
La contratación pública electrónica ha venido siendo objeto de atención permanente por parte de las instituciones comunitarias de la UE, quienes han recomendado a los Estados miembros su inmediata incorporación al desenvolvimiento administrativo habitual, puesto que, como así se desprende de los estudios hechos y publicados, comporta importantes beneficios, entre los que se destacan: sus significativos ahorros de costes; la mejora de la eficacia y eficiencia del procedimiento administrativo; y el aumento de su transparencia, contribuyendo además al desarrollo tecnológico de las PYMES y la cohesión del tejido empresarial, armonizando al tiempo los procedimientos de compra de los organismos de las distintas Administraciones Públicas.
Sin embargo, pese a sus ventajas, los organismos públicos obligados a adoptar las medidas precisas que garanticen la conformidad técnica y jurídica del procedimiento pueden llegar a sentir ciertas reticencias derivadas de este nuevo sistema, tales como los requisitos tecnológicos, jurídicos y operativos1. Lo anterior, y el tiempo que demoremos en instaurar un sistema como este, será y ya es para muchos, un tiempo de mucha “pérdida” en todos los ámbitos sociales y económicos de un país.
Portugal fue el primer territorio de los Estados de la Unión Europea que apostó por la obligatoriedad del uso de medios electrónicos para desarrollar todas las fases de su proceso de compra. Esta obligación tuvo en su implementación una fecha límite de un año, después de la cual las autoridades contratantes y los contratistas ya no podrían utilizar documentos en papel para las propuestas o solicitudes en los procedimientos de contratación pública2. Este país comenzó su aplicación obligatoria el 1 de noviembre de 2009, es decir, ya llevan adelantados más de 5 años con respecto al resto de países que todavía no lo han hecho, y sus resultados en términos de optimización de la gestión, ahorro de recursos públicos y transparencia de los fondos públicos han sido muy positivos y ejemplares para toda Europa, dejando de lado todo tipo de desconfianzas, intereses particulares y barreras que suponía la implantación a este cambio.
Desde la perspectiva económica y de gestión, está más que claro que este sistema ha debido haberse aplicado en España hace años; no obstante, la interrogante ahora es desde la legalidad, preguntándonos ¿Debemos obligar como Estado a las Autonomías a aplicar la contratación electrónica ya?
Hay opiniones de quienes interceden porque el Estado no debe obligar a nadie a aplicar este nuevo sistema como ningún otro, manteniendo la independencia de las Autonomías y sus Administraciones; luego, del otro lado están quienes piensan que ya no puede la ciudadanía de todo un país seguir pagando los costes económicos y sociales de una contratación pública que cada día aparece en las noticias nacionales por malas gestiones, abusos y corrupción, requiriendo ésta función pública que la escuchen y ayuden. La misma Unión Europea alienta y proclama el uso de la contratación electrónica hasta el grado de justificar públicamente la necesidad de extender su obligatoriedad a todos los Estados miembros, basado en el aumento de la eficiencia y la eficacia que proporcionan estos sistemas3.
Los estudios, estadísticas y realidades mundiales sobre este tópico en relación a sus grandes beneficios son más que evidentes. Los síntomas de un sistema que necesita cambiar y adecuarse a otros países desarrollados están latentes hace ya mucho, sin embargo pareciera que existe una nube política y de intereses particulares que no dejan ver tal realidad.
Una de las personas vinculadas al ámbito de las contrataciones en España es el Vicepresidente de Desarrollo Corporativo de Tuenti y ex Director General de Red.es, quien hace unos años afirmó que: “La obligatoriedad (de la implantación del sistema de compras electrónicas) es necesaria para que el modelo se asiente en la Administración Pública española y entre las empresas licitadoras. Siempre que exista sólo la posibilidad de no adherirse a este modelo, la implantación será parcial ” 4. Con esta idea también coincidieron la Diputada del Partido Popular en el Parlamento Europeo y Coordinadora del grupo PPE en la Comisión de Industria, Investigación y Energía, Dª Pilar del Castillo; y, D Magín Yáñez, Socio Director de Boston Consulting Group.
En este mismo sentido, Almonacid Lamelas en un estudio sobre la contratación electrónica en el sector público español sostuvo que: "(...)Es cierto que podría argumentarse, y es nuestro parecer, que la administración electrónica es en sí misma, de forma global, y en toda su extensión una obligación de los Ayuntamientos, pero no lo es menos que hasta que no se exija, de forma imperativa, la utilización por parte de los entes públicos de la licitación electrónica, no se implantará. Y esta exigencia es algo que sólo puede establecer una Ley(...)” Añadiendo además: “La Administración española, en realidad sus responsables, están hechos de una pasta que les impide aplicar determinados cambios hasta que no hay más remedio. Y gracias, porque a veces ni aun así5[…] La contratación electrónica ha pasado de ser una conveniencia a una obligación: ya lo es económica y moral, y pronto lo será también legal, independientemente de la mayor o menor demora, por la vía de la normativa europea”6.
En suma a lo ya manifestado, debemos recordar los problemas de gestión que posee España sobre su sistema de contratación actual -ubicándose en el grupo de países de la UE con mayores deficiencias a corregir en sus sistemas de compras 7-, por ello, ¿Qué más hay que esperar para mejorar esta situación implantando una contratación electrónica bien gestionada? Preguntándonos seguidamente ¿Se ha concientizado e informado a todos respecto de este nuevo paradigma de compras? ¿Existe en la práctica una figura que lidere a nivel de gobierno central este cambio? ¿Se esperará a que llegue la fecha final de instauración para adaptarlo de golpe? Al parecer todavía no tenemos una clara respuesta antes estas preguntas, pero si podemos decir que tenemos los efectos de no contestarlas. Fundamentos para aplicar este nuevo sistema hay por miles, no obstante sólo basta que se escuche y aplique uno de ellos para comenzar a cambiar. La respuesta a si estamos capacitando actualmente a nuestros funcionarios públicos para este cambio, nos dirá en definitiva que tan preparados estamos.
La necesidad de implantar la contratación pública electrónica en España no pasa sólo por actuar a la moda con otros países, y mucho menos seguir las directrices de órganos internacionales por formalidades, sino por entender que existe una necesidad clara, real y exigida, de utilizar de la mejor forma posible los recursos públicos, siendo esta función de adquisiciones uno de los caminos esenciales para ello. No sólo debemos hacer este cambio para ser parte de esta modernización que la Administración Pública tanto pide, sino para solucionar gran parte de los problemas de ineficiencias, legitimidad y corrupción que están presentes en las Administraciones Públicas de nuestros días.
En una entrevista al Socio Director de Boston Consulting Group sobre la contratación electrónica en España, tal ejecutivo sostuvo que: “Es evidente que las Administraciones Públicas están preparadas y que las ventajas de la licitación electrónica son obvias. El problema aquí está en ver cómo es de importante este asunto para ellos. Lo que no puede suceder es que cada Administración Pública decida si es o no importante, y si la licitación electrónica está o no dentro de sus prioridades. Los cambios para ser eficientes tienen que producirse de arriba hacia abajo. Doce mil Administraciones Públicas no pueden decidir por sí solas y con sus propios recursos si implantan o no la licitación electrónica”8.
Algunos manifiestan que es un problema de recursos; aunque habría que ser más precisos y señalar que se visualiza un problema de “priorización de recursos”, más que de no tenerlos. Aparentemente no queremos darnos cuenta que la respuesta de fondo a todo esto está en nosotros mismos, y no en las herramientas, plataformas, sistemas o mejores modelos de gestión existentes9. Otra cosa es que no queramos pagar el precio a corto plazo de este cambio, y esperemos a no tener salida para solucionar nuestro tema sustantivo. El gran problema de todo ello es que ya se ha esperado mucho, y las consecuencias de un sistema deficiente y poco transparente están marcando a nuestra sociedad actual, terminando esta por desconfiar de todo lo que provenga de la acción pública.
Por lo anterior, es que debemos comprender que el Estado -entendido como relación social y como institución, plasmada concretamente en organismos de diversos niveles- tiene como objetivo principal orientar sus acciones a la satisfacción del interés general de la sociedad de la que es siempre expresión. Este gran órgano como tal tiene que hacer prevalecer un punto de vista “general” sobre las particularidades de las posiciones enfrentadas, siempre en términos coherentes con un régimen democrático y contemplando alcanzar mayores beneficios para las necesidades ciudadanas generales10.
La contratación pública electrónica es un hecho que ya no podemos ignorar. La presión indirecta de las distintas economías mundiales así como organismos internaciones que ya han instaurado este nuevo sistema y sus beneficios nos fuerzan a este nuevo escenario. No podemos seguir aguardando que la ley, normativas o directivas internacionales nos sigan recordando lo que ya sabemos. Debemos aunar voluntades y comenzar ahora. Esta tarea como muchos saben debe quedar terminada al año 2020, existiendo sólo unas pocas Comunidades Autónomas que ya han empezado con este proceso de manera parcial.
El Presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Internet en España (ANEI), termina por expresar que: “Es necesario que España cuente, en sintonía absoluta con los postulados de las instituciones europeas, con una regulación propia que implante la obligatoriedad de la contratación pública electrónica de forma ágil y eficaz […] Cualquier mejora de eficiencia en este campo representará un importantísimo ahorro para las arcas del Estado español”11. Sostiene además que ahora a España le toca decidir cómo implantará la obligatoriedad de los medios electrónicos en la contratación pública, argumentando que desde la Asociación están convencidos que la colaboración público-privada será crucial para que la licitación pública electrónica sea una realidad en todo el territorio.
Explica que existen diferentes formas de abordar esta temática, y que entre la Administración Pública y el Sector Privado se debería encontrar la manera que mejor se adapte a nuestras necesidades y a nuestra situación territorial, administrativa y económica. La regulación no puede ni debe realizarse de forma unilateral. Añadiendo finalmente que: “Sin esta imprescindible coordinación de esfuerzos asistiremos al nacimiento de diferentes modelos (nacionales, autonómicos o locales) que harán ineficaz esta transformación, gravando aún más a Entidades Públicas y licitadores. Asistiremos, como ya lo hacemos en la actualidad, al nacimiento e implantación de iniciativas inconexas y, en muchos casos, no interoperables, que, de generalizarse, convertiría en imposible cualquier intento posterior de regulación, con graves perjuicios para las empresas, sobre todo las PYMES. En un momento como el actual, debemos estar decididos a impulsar un modelo de contratación electrónica racional, que premie la eficiencia de empresas y Administraciones”12.
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1Galán Carlos en Instituto de Estudios Superior de la Empresa, IESE (2013), p.21.
2Moreno M, José A, (2013), p. 63.
3Instituto de Estudios Superior de la Empresa, IESE, op. cit., p.11.
4Universidad de Navarra, IESE (2011), pp.32-33.
5Almonacid Lamelas en IESE (2013), op. cit., pp.48-50.
6Ibid, pp.50-52.
7European Commission (2016).
8Magín Yáñez en Universidad de Navarra, op. cit., p.32.
9Hay que destacar que tales herramientas y/o sistemas de gestión aludidos si son importantes, sobre todo para mejorar una gestión estática y lenta, sin embargo, antes de aplicar estos elementos hay que solucionar un problema de fondo, el cual está basado en una decisión política de querer implantar tal cambio, y no seguir esperando a que el sistema actual de compras así como sus efectos en la sociedad sigan empeorando.
10Poder Ciudadano (2006), p.28.
11Miguel Errasti en entrevista el 21 de octubre de 2014 en el Diario el Mundo Financiero.
12Ibid.
Colaborador


