Image
ObCP - Noticias
Tribunal de Cuentas Europeo: Informe 12/2026 sobre “Órganos consultivos de la UE”
27/03/2026

Se ha publicado en DOUE del 27 de marzo de 2026, serie C, el Informe Especial 12/2026 del Tribunal Europeo de Cuentas: “Órganos consultivos de la UE – Se han instaurado los procesos para elaborar dictámenes, pero la puntualidad y la medición del impacto siguen siendo un reto”. Documento C/2026/1831.


En el apartado 1 del documento del informe se dice que,


“El Comité Económico y Social Europeo (CESE) y el Comité Europeo de las Regiones (CDR) son los órganos consultivos de la Unión Europea creados por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). El CESE está compuesto por representantes de tres grupos de la sociedad civil organizada (empresarios, trabajadores y la sociedad civil), cuyo objetivo es promover la democracia participativa. El CDR está compuesto por representantes electos de los entes locales y regionales y ejerce de portavoz formal de estos órganos en la elaboración y aplicación de las políticas de la UE. En nuestro informe, nos referiremos a ambos órganos como «los Comités».”


En el apartado 5 del documento del informe se dice que,


“Nuestra auditoría se centra en los mecanismos existentes que permiten a los Comités elaborar dictámenes pertinentes y de gran calidad, publicarlos a tiempo para contribuir al proceso legislativo y analizar sistemáticamente sus repercusiones. Abarcamos los procesos utilizados por el CESE y el CDR para elaborar dictámenes entre 2019 y 2024 (un total de 1 372 dictámenes). Examinamos todos los tipos de dictámenes de los Comités y el proceso completo de producción, desde la planificación estratégica hasta la medición del impacto de su trabajo. En una muestra de sesenta dictámenes (treinta dictámenes de cada Comité de diferentes tipos, ámbitos políticos y años durante la legislatura 2019-2024), examinamos el proceso de redacción, las medidas de control de calidad, la puntualidad y el cumplimiento del Reglamento interno. Para más detalles sobre el enfoque de auditoría, véase el anexo I, apartados 12 a 14.”


Se afirma que,


“Nuestra auditoría se centra en los mecanismos existentes que permiten a los Comités elaborar dictámenes pertinentes y de gran calidad, publicarlos a tiempo para contribuir al proceso legislativo y analizar sistemáticamente sus repercusiones. Abarcamos los procesos utilizados por el CESE y el CDR para elaborar dictámenes entre 2019 y 2024 (un total de 1 372 dictámenes). Examinamos todos los tipos de dictámenes de los Comités y el proceso completo de producción, desde la planificación estratégica hasta la medición del impacto de su trabajo. En una muestra de sesenta dictámenes (treinta dictámenes de cada Comité de diferentes tipos, ámbitos políticos y años durante la legislatura 2019-2024), examinamos el proceso de redacción, las medidas de control de calidad, la puntualidad y el cumplimiento del Reglamento interno. Para más detalles sobre el enfoque de auditoría, véase el anexo I, apartados 12 a 14.”


En el Comunicado de prensa de 26 de marzo de 2026 del TCUE se afirma que,


“Los auditores examinaron el proceso completo de producción de los dictámenes —desde la planificación estratégica hasta la medición del impacto— entre 2019 y 2024. Constataron que ambos comités cuentan con normas y orientaciones claros que garantizan un nivel coherente de calidad y normalización. La principal contribución a los dictámenes procede de los miembros de los comités, que pueden recibir el apoyo de expertos. Los expertos no reciben remuneración por su trabajo, pero tienen derecho al reembolso de los gastos de viaje y a dietas de viaje y de reunión calculadas a tanto alzado. Ambos comités recurren con frecuencia a expertos, pero ninguno cuenta con criterios transparentes para seleccionarlos. 


Esto puede favorecer los sesgos, obstaculiza la transparencia y suponer un riesgo para la reputación de los Comités. Deberían establecerse y publicarse los criterios de selección de los expertos. Debería existir un registro central de expertos (por el momento solo el CESE lo tiene) en el que conste el trabajo que hayan realizado anteriormente para los comités y sus ámbitos de especialización.


El momento en que se publica un dictamen es crucial de cara a la influencia que puede tener en la elaboración de políticas. Sin embargo, los dictámenes no siempre llegan a tiempo a los legisladores de la UE para influir en la toma de decisiones de la UE. Durante el período 2019-2024, el CESE emitió sus dictámenes sobre consultas obligatorias antes de la votación de la comisión competente del Parlamento Europeo en el 84 % de los casos, mientras que el CdR solo cumplió estos plazos en el 74 % de los casos. Ninguno de los dos comités dispone de una herramienta automatizada para hacer un seguimiento coherente y sistemático del cumplimiento de los plazos, proporcionar información sobre la inminencia de los plazos institucionales y políticos o emitir alertas automáticas cuando los dictámenes vayan a presentarse tarde. Por último, aunque los comités supervisan la difusión, se centran principalmente en la visibilidad y el volumen más que en el impacto. Los auditores recomiendan introducir indicadores cualitativos y basados en los resultados, como, por ejemplo, el grado en que los dictámenes se reflejan en la legislación final.”


Puede accederse al informe y documentación anexa aquí.

Image
Logotipo de Tribunal de Cuentas