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Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla (TARCAS)
02/08/2012
El Ayuntamiento de Sevilla, en ejercicio de su potestad de autoorganización, por acuerdo del Pleno de fecha 25 de mayo de 2012 ha creado el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla.

Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla de 25 de Mayo se crea el Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla.Su creación obedece a los principios de máxima eficacia, celeridad y economía y se fundamenta en la potestad de autoorganización reconocida en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, el artículo 5 de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía, así como el artículo 41.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 10.1 del Decreto 332/2011 de la Junta de Andalucía por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.

El Tribunal, se crea como órgano unipersonal. Por Acuerdo de la Excma. Junta de Gobierno de fecha de 20 de Junio de 2012, se ha aprobado la composición del Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento de Sevilla, sus competencias y régimen de funcionamiento, y en uso de las atribuciones conferidas por el Excmo. Ayuntamiento, se efectuó por Resolución de Alcaldía nº 762 de 20 de Junio, el nombramiento de sus miembros, designándose:

- Para los asuntos competencia del Tribunal que se interpongan en el curso de procedimientos tramitados por los organismos y entidades dependientes del Ayuntamiento de Sevilla que tengan el carácter de poderes adjudicadores, a Dª Rosa María Pérez Domínguez y como suplente de ésta a D. Antonio Rodríguez Martínez.

- Para los asuntos competencia del Tribunal que se interpongan en el curso de procedimientos tramitados por los servicios administrativos municipales, a Dª Carmen Diz García, y como suplente de ésta a Dª Lina Pasamontes de Barrio.

El Tribunal estará asistido por la persona titular de la Secretaría General o persona en quien delegue entre funcionarios de carrera grupo A, con antigüedad superior a 3 años. Corresponderá a la Secretaría General la llevanza del Registro de recursos, reclamaciones y demás asuntos de la competencia del Tribunal, así como la del Registro de Resoluciones que se dicten en relación a los mismos.

El escrito de interposición del recurso sólo puede presentarse: 

- Para los expedientes de contratación tramitados por los servicios administrativos municipales: En el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, C/ Pajaritos,14.

- Para los expedientes de contratación tramitados por los organismos, empresas y entidades municipales: En el registro del propio organismo o empresa y en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla.

En uno y otro caso, si el escrito de interposición se presenta por el interesado en otro registro o en las oficinas de correos, la fecha que se tendrá en cuenta para el cómputo de plazos de tramitación, es el de entrada en el Registro General, o en el Registro de la entidad u organismo, en su caso. 

Página web del Tribunal 

Correo electrónico TARCAS: tribunal.recursos@sevilla.org

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