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El Comité de Contratación Pública de la OMC adopta el Acuerdo de Contratación Pública revisado
11/04/2012
El Acuerdo revisado pasará ahora a los respectivos parlamentos para su ratificación.

Desde su adopción en 1994, el Acuerdo sobre Contratación Pública lleva incorporado el compromiso de celebrar negociaciones sobre el texto y el ámbito de aplicación del Acuerdo.

El 15 de diciembre de 2011, los negociadores alcanzaron un acuerdo político acerca de los resultados de la renegociación del Acuerdo plurilateral de 1994, sobre la base del avance realizado en las negociaciones relativas a la cobertura, indicada en los Anexos del Apéndice I correspondientes a cada una de las Partes (es decir, las listas de entidades gubernamentales cuyas actividades de contratación están abiertas a la competencia). En diciembre de 2006, los negociadores ya habían alcanzado un acuerdo provisional sobre la revisión del texto del Acuerdo plurilateral de 1994. 

El Comité de Contratación Pública adoptó el 30 de marzo de 2012 el Acuerdo sobre Contratación Pública revisado, después de un examen final previsto en la decisión de la Conferencia Ministerial en diciembre del año pasado. El Acuerdo revisado pasará ahora a los respectivos parlamentos para su ratificación.

La adopción del Acuerdo revisado marca el final de una larga negociación, que comenzó en 1997, para mejorar el texto del Acuerdo, establecer las bases para ampliar su ámbito de aplicación, seguir eliminando medidas discriminatorias y posibilitar una mayor transparencia.

En la declaración que formuló en la reunión formal de las Partes en el Acuerdo, el Director General de la OMC, Pascal Lamy, dijo que el Acuerdo sobre Contratación Pública “es la principal herramienta con que cuenta el mundo para facilitar el comercio en relación con los mercados de contratación pública. Es el paradigma de un instrumento para la apertura del comercio que también reconoce la necesidad de contar con mecanismos de gobernanza basados en los principios fundamentales de la OMC de no discriminación, transparencia y equidad procesal. En mi opinión, está destinado a desempeñar un importante papel en la promoción de las buenas prácticas de contratación en todo el mundo”.

El Presidente del Comité, Nicholas Niggli (Suiza), dijo que “con la conclusión de la renegociación, y ahora con la adopción de los resultados rectificados, las Partes han hecho un avance decisivo en la apertura de los mercados, el buen gobierno y la gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos. No está de más insistir en la utilidad de todo ello en el contexto de la persistente crisis económica y fiscal”.

El Acuerdo es un tratado plurilateral por el que los Miembros se comprometen a respetar determinadas disciplinas básicas sobre transparencia, competencia y gobernanza en uno de los ámbitos más importantes y en crecimiento de la actividad económica de cualquier país. El Acuerdo abarca la adquisición de bienes, servicios e infraestructura de capital por los poderes público. 

 

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