El Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, al que se le atribuye, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores, la resolución de los recursos especiales en materia de contratación y las cuestiones de nulidad regulados en la Ley 30/2007, de 30 de octubre (actualmente, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), así como las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación y las cuestiones de nulidad sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Por su parte, el artículo 11 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, establece que puede atribuirse al citado Tribunal el conocimiento del recurso especial y de las cuestiones de nulidad que se planteen contra los actos de materia contractual que dicten el Parlamento de Andalucía, las instituciones de autogobierno del capítulo IV del Título IV del Estatuto de Autonomía y las Universidades públicas, previa firma del correspondiente Convenio con la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, en el que se estipulen las condiciones para sufragar los gastos derivados de esta asunción de competencias.
No obstante, debido a las dificultades financieras y económicas por las que atraviesan la mayor parte de las Administraciones Públicas y las demás entidades públicas, dependientes o vinculadas a las mismas, se estima conveniente que la prestación del servicio por parte del Tribunal Administrativo autonómico resolviendo los recursos especiales en materia de contratación y cuestiones de nulidad de las entidades locales de Andalucía y los poderes adjudicadores vinculados a las mismas, y de las Universidades Públicas andaluzas y los poderes adjudicadores vinculados a las mismas, no suponga ningún coste a las mismas.
Se publica el modelo de convenio a suscribir con la Consejería de Hacienda con el fin de facilitar su suscripción.
Convenio de Colaboración con Entidades Locales Andaluzas
Convenio de Colaboración con Universidades Públicas Andaluzas
Para la tramitación estos convenios deberán contactar con la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a través del Servicio de Contratación, en el teléfono 955 625546, o a través del correo electrónico contratacion.chap@juntadeandalucia.es, con objeto de completar los trámites previos a su suscripción.


