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ObCP - Noticias
Contratación centralizada y precio del contrato (Islas Baleares)
25/06/2012
Medidas introducidas por la Ley para la ordenación urbanística sostenible

Se publica la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible en las Islas Baleares, que incluye algunas previsiones con incidencia en la contratación pública:

En primer lugar, mediante la Disposición adicional octava se añade un nuevo apartado 3 al artículo 64 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, con el siguiente contenido:
‘3. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, y sin perjuicio de las competencias de dirección que corresponden al Consejo de Gobierno, el órgano de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de los entes del sector público autonómico es el consejero competente en materia de contratación pública que, a estos efectos, puede declarar de contratación centralizada los suministros, las obras y los servicios que se contraten de forma general y con características esencialmente homogéneas por los diferentes órganos de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y por los entes del sector público autonómico.’

Además, mediante la Disposición Adicional Cuarta indica, en relación con el patrimonio público del suelo que

Los bienes, recursos y derechos integrantes de los patrimonios públicos de suelo, cualquiera que sea el uso lucrativo al que estén destinados, con excepción del residencial protegido, podrán tener la condición de precio del contrato, al efecto de retribuir al contratista, de conformidad con lo que dispone la normativa de contratación del sector público, siempre que el contrato tenga por objeto alguno de los destinos del patrimonio público de suelo que establece la legislación vigente.

Junto a lo anterior, también se elimina el segundo párrafo del artículo 7.3 de la Ley 6/2010, de 17 de junio, por la que se adoptan medidas urgentes para la reducción del déficit público, y algunas normas en materia de patrimonio que están relacionadas con el mismo, con la finalidad de aclarar el régimen jurídico del mismo. (disposición derogatoria)

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